viernes, 20 de julio de 2018

LLARENA, IMPECABLE


El magistrado de la sala segunda del Tribunal Supremo que lleva la causa contra varios cargos públicos catalanes por graves delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, el juez Pablo Llarena, he retirado la euroorden que pesaba contra los que se habían fugado, al no contemplar un tribunal alemán el delito de rebelión que incluía la demanda de extradición a España. Eso significa que, mientras no se reactive la euroorden, los prófugos se podrán mover libremente por el mundo, pero no podrán regresar a España, donde serían detenidos, hasta que el delito por rebelión del que están acusados no expire y eso no sucederá hasta dentro de 20 años. Algunos medios, es especial el potente aparato mediático afín al PSOE (que está haciendo un flaco favor al Gobierno) están haciendo todo lo posible por desacreditar al juez y por hacer el cardo gordo a los independentistas, abrazando sus tesis y sus argumentos sobre el desarrollo del proceso judicial que les afecta. Una de las cosas que dicen, y repiten como loros, es que el juez no puede desentenderse de un delito, el de malversación de caudales públicos, por el que sí ha aceptado el tribunal alemán la extradición a España, y lo dicen porque conocen perfectamente que  las penas por ese delito son muy inferiores y que Puigdemont podría incluso volver a ser investido president. Lo que soslayan interesadamente es que aceptar la extradición de Puigdemont y sus secuaces fugados solo por malversación afectaría al conjunto de la causa  y, al sentar jurisprudencia, obligaría a retirar esa misma acusación a los que ahora están en prisión preventiva y a ponerlos a todos ellos en la calle al no existir ya peligro de fuga. Tampoco dicen nada de que la obligación del tribunal alemán es dar curso a la euroorden tal cual la ha presentado España, sin entrar en más interpretaciones del asunto ni en analizar lo que ha sucedido en Cataluña, solo si el delito de rebelión, como así sucede, es homologable con la legislación penal de la República Federal Alemana. Yo estoy completamente seguro que si la euroorden fuera de un juez francés, por exactamente el mismo delito y en las mismas circunstancias, fuera cometido en El Rosellón o en Córcega, a la euroorden por rebelión se le hubiera dado curso de inmediato sin entrar en ningún tipo de interpretaciones.
El artículo 472 de nuestra Constitución contempla muy claramente lo que es el delito de rebelión y en qué casos se comete: “Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes” y, entre esos fines, en el apartado 5: “declarar la independencia de una parte del territorio nacional”. Está clarísimo que la independencia de Cataluña se declaró en el Parlament y también que los acusados promovieron y ampararon actuaciones violentas para conseguir sus fines, desde destrozar vehículos de la Guardia Civil, hasta agredir a los agentes, pasando por la toma violenta de estaciones de ferrocarril, carreteras y edificios públicas  y creando incluso los llamados Comités de Defensa de la República (CDR), que fueron degenerando desde la agitación social para crear un caldo de cultivo favorable a la secesión hasta la guerrilla urbana. Si a esto añadimos que la Generalitat tenía perfectamente planificado hasta en sus más mínimos detalles, incluido el presupuesto necesario, la creación de un ejército catalán, no se necesitan más argumentos para justificar la acusación por el delito de rebelión.
Hay un detalle, nada baladí, que parece que se está pasando por alto. Los que ahora están en prisión preventiva por delito de rebelión podrían ser indultados por el Gobierno una vez juzgados y condenados, pero Puigdemont va a tener que estar en el extranjero durante muchísimo tiempo. La cosa tiene su miga, porque los de ERC ya se están dando cuenta que la creación de “una plataforma electoral transversal” es una maniobra de Puigdemont para laminarlos y empiezan a ser conscientes de que España no es su mayor enemigo.

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