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Es día de editoriales y
discursos, dejémoslos a otros, yo quiero rendir un particular homenaje a aquel
puñado de hombres, algunos ya fallecidos que, con altura de miras, enorme
responsabilidad y una gran generosidad, fueron capaces de entenderse por el
bien de España. En especial, quiero dedicar estas humildes líneas a D. Adolfo
Suárez González, el mejor presidente que hemos tenido y al que los traidores y
la vida han hecho mucho daño. Por ellos va un extracto de este pequeño libro
que guardo en mi biblioteca con cariño, siempre a mano, y que el tiempo ha
convertido en un texto subversivo que muchos se quieren cargar:
Artículo 1, párrafo 2: La
soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del
Estado.
Artículo 2: La Constitución se
fundamenta en la indisoluble unidad de España, patria común e indivisible de
todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Artículo 7: Los sindicatos de
trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y
promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su
creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la
Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser
democráticos.
Artículo 8, párrafo 1: Las
Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el
Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia
de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Artículo 14: Los españoles son
iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón
de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social.
Artículo 15: Todos tienen derecho
a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser
sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida
la pena de muerte.
Artículo 16, párrafo 3: Ninguna
confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las
creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes
relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Artículo 20, apartado A: Se
reconocen y protegen los derechos a expresar y difundir libremente los
pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier
otro medio de reproducción.
Artículo 30, párrafo 1: Los
españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
Artículo 35, párrafo 1: Todos los
españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre
elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una
remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia,
sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
Artículo 39, párrafo 1: Los
poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la
familia.
Artículo 47: Todos los españoles
tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes
públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas
pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del
suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
A los que la han jurado y
prometido: ¡Que se cumpla!.
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